Se informa que se ha prorrogado la suspensión de la necesidad de tramitar certificado de supervivencia por parte de los jubilados y pensionados durante los meses de noviembre y diciembre de 2020.
Los beneficiarios que se encuentren ausentes del país y que perciban sus haberes a través de la figura de Banco Apoderado podrán, excepcionalmente, presentar el certificado de supervivencia semestral ante el Banco Apoderado hasta el día de 31 de diciembre 2020.