Registro de partidas
A pedido de la parte interesada, es posible transcribir en el Libro de Registro del Estado Civil de las Personas de esta Sección Consular, las siguientes Partidas que hayan sido otorgadas por autoridades competentes dentro de la jurisdicción consular:
- Nacimiento de hijos de padre o madre argentinos nativos o naturalizados;
- Defunciones de argentinos nativos o naturalizados;
- Cualquier otro acto que modifique el Estado Civil de las personas, cuando alguna de las que están con él relacionadas sea argentina nativa o naturalizada (adopción, declaración de incapacidad, emancipación, etc.)
Asimismo, cuando se tenga conocimiento de la defunción de un argentino, la Sección Consular inscribirá de oficio la Partida de Defunción que expida la autoridad respectiva.
Importante:
Si su situación no se encuentra contemplada en los párrafos anteriores, se agradecerá ponerse en contacto con la Sección Consular para mayor información.