Voto de argentinos en el exterior
Para consultar toda la información sobre el sistema electoral en el exterior: http://www.relacionar.gov.ar/
Voto de los ciudadanos argentinos en el exterior
La Ley 24.007 de Creación del Registro de Electores Residentes en el Exterior y su correspondiente Decreto Reglamentario Nº 1138/93 permite a los ciudadanos argentinos residentes en el exterior ejercer el derecho de voto para la elección de autoridades nacionales.
Para ello, el ciudadano argentino -que cumpla con los requisitos que más adelante se detallan- debe encontrarse inscripto en el Registro de Electores Residentes en el Exterior de la Sección Consular de esta Embajada, con una anticipación suficiente al momento de la elección.
La inscripción a dicho Registro, que se actualiza dos (2) veces al año, es VOLUNTARIA, así como el derecho a voto.
A partir del mes de Agosto de 2011 se instrumentó el registro on line para el empadronamiento de los argentinos en el exterior (www.padron.gob.ar/index.php/care), como mecanismo alternativo al registro en las oficinas consulares. Ambos mecanismos están vigentes y son igualmente válidos.
A los efectos de poder resultar inscriptos en el mencionado Registro de Electores, el ciudadano argentino residente en el exterior debe reunir los siguientes requisitos:
- Ser argentino nativo (incluye argentinos por opción) o naturalizado.
- Presentar su D.N.I., L.E. o L.C. con el domicilio dentro de la jurisdicción del Consulado, caso contrario, deberá efectuar el cambio de domicilio correspondiente. (Ver Cambio de domicilio, en esta sección).
- No estar comprendido dentro de la inhabilitaciones determinadas por la ley argentina.